No denunciar el acoso escolar ya es equiparable al delito de encubrimiento previsto en el código penal.
Para garantizar un entorno educativo seguro y el desarrollo integral de los estudiantes, el Congreso del Estado aprobó reformar el artículo 36 Bis a la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar el Acoso y la Violencia Escolar.
Los docentes deben ser capacitados para reconocer y responder ante el acoso escolar, pues son la primera autoridad en las aulas y tienen la responsabilidad de garantizar el bienestar de los estudiantes, señaló la diputada Perla Villarreal.
Mencionó que el acoso escolar afecta la salud mental, el sentido de pertenencia y el rendimiento académico de los estudiantes, además de violar sus derechos fundamentales según la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

“Se equipará al delito de encubrimiento previsto en el artículo 409 del código penal para el estado de Nuevo León, cuando el docente o autoridad escolar que -siendo testigo de acoso escolar o cualquier otra conducta prevista en la presente ley que afecte el correcto desarrollo integral de las y los estudiantes- no lo denuncie”, aseguró la Legisladora.
En México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha reconocido que el bullying es una violación grave a la dignidad y educación de la niñez, por lo que es urgente fortalecer las medidas para prevenirlo.
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