La diputada Sandra Pámanes Ortiz presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de Nuevo León con el objetivo de alinear la legislación estatal con los estándares internacionales establecidos en la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW).

En su intervención en tribuna, Pámanes explicó que, siendo México un estado federal, existen 33 tipos penales de feminicidio en el país, de los cuales 32 son locales y uno es federal. Esto ha generado disparidad en las sanciones y enfoques, por lo que la legisladora considera fundamental una armonización entre las legislaciones de las distintas entidades federativas.

La propuesta de reforma contempla la inclusión de dos nuevas causales y siete agravantes para la comisión del delito de feminicidio en Nuevo León.

La diputada detalló que, con esta reforma, se busca «desglosar de manera más amplia la conducta delictiva» y adaptarla a la realidad que viven las mujeres, asegurando que se llegue a la verdad y se garantice justicia tanto a las víctimas directas como a las indirectas.

«Lo que proponemos con esta iniciativa es homologar, siguiendo lo señalado por la CEDAW, todo lo relacionado con la penalización del feminicidio. Cada estado tiene su propia penalización basada en su Código Penal, pero con este marco normativo buscamos generar una sanción ejemplar, bien determinada y homogénea, eliminando así la impunidad», aseguró.

Entre las nuevas causales propuestas para considerar un feminicidio se encuentran aquellas situaciones en las que exista una relación laboral, docente, religiosa, institucional, o cualquier otra en la que haya una relación de subordinación o superioridad entre el agresor y la víctima.

Además, se contempla como causal el hecho de que la víctima se encuentre en un estado de indefensión o desprotección real frente al sujeto activo.

Agravantes

Las agravantes incluyen, entre otras, el caso en que el agresor haya obligado a la víctima a ejercer la prostitución, que el sujeto sea un servidor público, que el delito sea cometido por dos o más personas, o que haya ocurrido frente a familiares de la víctima.

También se consideran agravantes cuando el agresor esté a cargo del cuidado de la víctima, cuando use su oficio como conductor de transporte público o privado, y cuando la víctima sea una niña o adolescente.

La reforma también aborda las fracciones V y VII del artículo 331 Bis 2, así como el artículo 331 Bis 6 del Código Penal de Nuevo León, y plantea adiciones al artículo 331 Bis 2, entre otros ajustes legislativos.

Además, se especifica que los procedimientos judiciales iniciados antes de la entrada en vigor del decreto continuarán conforme a las disposiciones vigentes al momento de su inicio.

La CEDAW, considerada el instrumento internacional vinculante más amplio y progresista sobre los derechos de las mujeres y niñas, ha sido un pilar fundamental para la lucha por la igualdad de género y la erradicación de la violencia de género.

La iniciativa de la diputada Pámanes busca fortalecer la lucha contra el feminicidio en el estado, alineando las leyes locales con los estándares internacionales de protección a los derechos humanos de las mujeres.